En cumplimiento de lo ordenado por La Séptima División / Jefatura de Estado Mayor mediante Fallo de Primera Instancia de fecha 29 de abril de 2024 DAR LOS AVISOS DE LEY, dentro de la Investigación Administrativa No. 9247-2023, se procede a publicar Fallo de Primera Instancia en contra del Señor Cabo Tercero (R) GUILLERMO LUIS VELASQUEZ VELASQUEZ.
En el oficio solicitaron poner lo siguiente (pero no sé si eso tan largo se pueda o dejamos el resumen pequeño):
Mediante fallo del 29 de abril de 2024, la cual se encuentra ejecutoriada desde el 09 de julio de 2024, se determinó su obligación de pago a favor del Ministerio de Defensa Nacional – Ejercito Nacional, por la suma de doce millones quinientos setenta y dos mil setecientos siete pesos ($12.572.707), por concepto de un GPS TRIMBLE TDC-600 No. 6033X00330, acto que le fue notificado el día 04 de junio de 2024, de manera atenta me permito comunicarle que se encuentra pendiente por efectuar el pago fijado.
A la fecha de la presente comunicación el valor asciende a la suma de doce millones quinientos setenta y dos mil setecientos siete pesos ($12.572.707) así mismo, se le informa que las obligaciones a favor del estado generan intereses moratorios desde la fecha de su exigibilidad hasta el pago total de la obligación.
En consecuencia, POR SEGUNDA VEZ, se le invita al pago total de la obligación mediante consignación a realizar dentro de los treinta (30) días siguientes al recibo de la presente comunicación en la cuenta corriente No. 00130299000100008201 del BBVA a nombre de la Central Administrativa y Contable Medellín CENACMED, allegando copia de correspondiente recibo a esta unidad ubicada en la carrera 76 No. 50-175 barrio Los Colores y/o al correo electrónico
[email protected]. Recibido este, se expedirá resolución declarándolo a PAZ y SALVO por este concepto.
Así mismo, se le informa que, en el evento de no efectuar el pago oportuno, ello dará lugar a su reporte en el boletín de deudores morosos ante al Contaduría General de la Nación, de acuerdo con la normatividad vigente y al inicio del procedimiento de cobro coactivo en su contra, razón por la cual se le invita al pago voluntario de su obligación, respecto de la que se puede presentar una propuesta de pago dentro de los treinta (30) días siguientes al recibo de la presente comunicación, el cual será objeto de aprobación y formalización. Cualquier información adicional o inquietud, puede ser atendida a través de los correos electrónicos
[email protected].